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¿Quién paga qué? Los gastos asociados a una hipoteca

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En la constitución de una hipoteca se generan una serie de gastos que hay que asumir. Con esto no nos referimos únicamente a los intereses. Hay muchísimo más. Es por eso por lo que en este artículo queremos mostrarte cuales son los gastos que hay que tener en cuenta y quién los asume.

Si consultamos la ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de créditos hipotecarios, vemos como se especifican claramente los distintos gastos. Estos son:

  • Gastos de notaría

Suele estar entre el 0,3% y el 0,5% del valor de la hipoteca. Además de esto, habrá que sumar el coste de las copias expedidas para el banco y el cliente. La entidad bancaria es quién se hace cargo de los gastos de notaría asociados a la hipoteca. Las dos copias corren a cargo del comprador y el vendedor (una cada uno).

  • Gastos de gestoría

Los gastos de gestoría suelen ascender a unos 400 euros por los servicios de inscripción de la escritura de la vivienda en el Registro de la Propiedad, teniendo en cuenta los impuestos asociados al proceso. Los gastos los asume la entidad bancaria.

  • Gastos de registro

Los aranceles al registrador oscilan entre el 0,1 y el 0,3%. Van a cargo de la entidad bancaria.

  • Gastos de tasación de una vivienda

Este gasto asciende a unos 350 euros de promedio. Este es el único gasto en una hipoteca que asume el cliente.

  • Impuestos sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Este impuesto corre a cargo del banco y supone entre el 0,5 y el 1,5% de la hipoteca.

  • Nota simple registral

Es un documento que se solicita al Registro de la Propiedad para poder acreditar que un inmueble está libre de cargas. Si se solicita telemáticamente cuesta unos 20€, mientras que si se solicita presencialmente suele costar entre 3-7€. Va a cargo del vendedor.

  • IVA

El IVA se paga en viviendas de nueva construcción. Es un 10% en las ordinarias y un 4% en las viviendas de protección oficial.

  • ITP

El ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) grava las viviendas de segunda mano y depende de la comunidad autónoma en la que se esté pidiendo la hipoteca. En Cataluña, por ejemplo, el tipo general es del 10%. Ahora bien, existen bonificaciones. Por ejemplo, y volviendo a la comunidad autónoma de Cataluña, si tienes menos de 33 años y es para adquirir una primera vivienda y la renta anual es inferior a 30.000€ el ITP es del 5%.

En resumen, en una hipoteca el cliente solo asume el coste de la tasación y de una de las copias de la escritura (que no escriturar, que también lo asume el banco). Entonces, si sumamos los 350€ de la tasación del inmueble y el coste de la copia de la escritura (como mucho unos 50€) tenemos que el coste máximo a asumir por el cliente en una hipoteca serían unos 400€ en total.

Si tienes alguna duda solo tienes que contáctanos y estaremos encantados de ayudarte.

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