El seguro decenal es un tipo de seguro especial que cubre los daños producidos en los elementos estructurales que pongan en riesgo la resistencia mecánica o estabilidad durante años posteriores a la finalización de la obra. Es un seguro que tiene como objetivo proteger a todas las partes: desde el promotor inmobiliario, pasando por el constructor hasta llegar al cliente final.
Los plazos de reclamación, establecidos en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE), son los siguientes:
- 1 año para errores de acabados
- 3 años para los elementos de construcción o instalaciones que tengan cédula de habitabilidad activa
- 10 años para los fallos en la cimentación, vigas, forjados y todos los elementos que participan en la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio
Aun así, la garantía principal del seguro decenal tiene que ver con los daños estructurales. Las otras garantías, relacionadas con la impermeabilización de fachadas, estanqueidad de sótanos o protección de bienes resultan complementarias. Por tanto, diríamos que un seguro decenal a mínimos tiene que garantizar, sin excepción, los daños estructurales.
El seguro decenal suele estar repercutido en el precio final de la vivienda, oscilando entre el 0,25 y el 0,6%.
Es importante tener en cuenta que el seguro decenal no cubre los siguientes supuestos: daños a terceros (romper un muro de carga haciendo una obra), situaciones sobrevenidas (lluvias torrenciales, huracanes, incendios), mal uso, daños personales derivados de problemas estructurales, daños derivados de la dilatación y contracción, así como lo establecido en otras cláusulas secundarias.
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